Recomendaciones para diligenciar el Formulario 260 período 2023
Recomendaciones para diligenciar el Formulario 260 período 2023
Si está inscrito al Régimen Simple de Tributación (RST), recuerde que entre el 15 y 19 de abril de 2024 son los plazos establecidos para presentar la Declaración Anual Consolidada, con base en el último digito del Número de Identificación Tributaria (NIT). Para cumplir con esta obligación, es importante que tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:
1. Presente los anticipos bimestrales
Las personas jurídicas deben presentar y pagar en debida forma los anticipos bimestrales dependiendo de la fecha de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT).
Las personas naturales inscritas que no superen las 3.500 Unidades de Valor Tributario (UVT) de ingreso ($148.442.000 para 2023) deberán presentar únicamente una declaración anual consolidada. sin necesidad de realizar pagos anticipados a través del recibo electrónico SIMPLE.
Las personas naturales o jurídicas que hubiesen obtenido ingresos iguales o superiores a doce mil 12.000 ($508.944.000 para 2023) UVT en el periodo gravable objeto de declaración por concepto de las actividades empresariales de que trata el grupo 3 (sic) “Servicios profesionales de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales” y que en el periodo gravable objeto de declaración no pudieron inscribirse o permanecer como contribuyentes del SIMPLE con motivo de las normas que declaró inexequibles la Sentencia C-540/23, podrán optar por declarar por el año gravable 2023 como contribuyente del régimen simple de tributación – SIMPLE, utilizando la sección “Ajustes a Bimestres Recibo Electrónico SIMPLE” que habilita el SI de Diligenciamiento, a efectos de diligenciar, entre otras, las casillas que más adelante se indican, para efectos de reportar la información que no haya sido registrada en los F2593 – Recibo electrónico del SIMPLE que se debieron liquidar y pagar en el año gravable.
Solo para aquellas personas que se inscriben al SIMPLE y se registren por primera vez en el RUT, aplica el siguiente cuadro respecto a la cantidad de anticipos a presentar:
Si se inscribe en el Registro Único Tributario entre: | Anticipos que debe presentar respecto de 2023 |
1 de enero y 28 de febrero de 2023 | Total 6 anticipos: Bimestres 1 al 6. |
1 de marzo y 30 de abril de 2023 | Total 5 anticipos: Bimestres 2 al 6. |
1 de mayo y 30 de junio de 2023 | Total 4 anticipos: Bimestres 3 al 6. |
1 de julio y 31 de agosto de 2023 | Total 3 anticipos: Bimestres 4 al 6. |
1 de septiembre y 31 de octubre de 2023 | Total 2 anticipos: Bimestres 5 y 6. |
1 de noviembre y 31 de diciembre de 2023 | Total 1 anticipo: Bimestre 6. |
2. Tutoriales Formulario 2593 anticipos bimestrales
Tenga en cuenta:
- Los anticipos se deben presentar, así el ingreso respectivo sea cero pesos.
- En el caso en el que en la liquidación del recibo bimestral 2593, le genere saldo a pagar debes tener en cuenta lo siguiente:
- El recibo oficial de pago 490 debe generarse, en forma virtual, desde el recibo electrónico del SIMPLE o desde la declaración del SIMPLE, una vez se hayan diligenciado.
- El recibo 490 debe pagarse el mismo día de su generación. En caso contrario, debe generar uno nuevo el día del pago.
3. Debe contar con el Instrumento Firma Electrónica
La DIAN suministra este instrumento totalmente gratis. Para conocer cómo generarlo lo invitamos a consultar el siguiente video:
4. Para liquidar el Formulario260 de la Declaración Anual Consolidada del RST tenga presente está información:
- Pagar los aportes al Sistema General de Pensiones antes de presentar el recibo electrónico del RTS, para que proceda la aplicación del descuento previsto.
- Descuentos por pagos en medios electrónicos o Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF). Tenga presente que debe aplicar el beneficio de descuento que más le convenga, ya que no son acumulables.
- Anticipos de renta por el 2022.
- Anticipos del ICA que pago a su municipio.
- Consulte la Guía Práctica del formulario 260 aquí
Vea el video tutorial para el diligenciamiento del Formulario 260
5. Calendario presentación
6. Otras recomendaciones:
- Limpie el caché y las cookies de su navegador antes de usar nuestros servicios.
- Asegúrese de haber presentado todos los anticipos del año 2022 que le correspondan. Si no los ha presentado, recuerde que estos son prerrequisito para presentar esta declaración, sin estos no puede presentar la Declaración Anual Consolidada.
- Mantenga actualizado el correo electrónico en el RUT.
- Evite abrir varias sesiones al mismo tiempo. Esto puede generar errores en sus transacciones.
7. Normas relacionadas:
- Artículo 607 del Estatuto Tributario.
- Parágrafo 4 del artículo 903 del Estatuto Tributario.
- Artículo 912 del Estatuto Tributario
- Inciso 3 del artículo 915 del Estatuto Tributario.
- Inciso 2 del artículo 915 del Estatuto Tributario
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