Recomendaciones para diligenciar el Formulario 260 período 2022
Recomendaciones para diligenciar el Formulario 260 período 2022
Si está inscrito al Régimen Simple de Tributación – RST, recuerde que entre el 10 y 21 de abril de 2023 inician los vencimientos para que presentes la Declaración Anual Consolidada, con base en el último digito del NIT. Para cumplir con esta obligación, es importante que tenga en cuenta las siguientes recomendaciones:
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2. Asegúrese de haber presentado todos los anticipos del año 2022 que le correspondan. Si no los ha presentado, recuerde que estos son prerrequisito para presentar esta declaración, sin estos no puede presentar la Declaración Anual Consolidada.
3. Según inscripción en el RUT, estos son los anticipos que debió presentar
Fecha de inscripción en el Registro Único Tributario | Anticipos que debes presentar respecto de 2020 |
Antes del 28 de febrero de 2022 | Anticipos del 1 al 6. Total 6 anticipos |
Entre el 1 de marzo y 30 de abril de 2022 | Anticipos del 2 al 6. Total 5 anticipos |
Entre el 1 de mayo y 30 de junio de 2022 | Anticipos del 3 al 6. Total 4 anticipos |
Entre el 1 de julio y 31 de agosto de 2022 | Anticipos del 4 al 6. Total 3 anticipos |
Entre el 1 de septiembre y 31 de octubre de 2022 | Anticipos 5 y 6. Total 2 anticipos |
Entre el 1 de noviembre y 31 de diciembre de 2022 | Anticipo 6. Total 1 anticipo |
4. Mantenga actualizado el correo electrónico en el RUT.
5. Evite abrir varias sesiones al mismo tiempo. Esto puede generar errores en sus transacciones.
6. Para realizar la declaración requiere tener disponible su firma electrónica. Si no la tiene solicítela en nuestra página web. Consulta aquí más información.
7. Para liquidar tu Formulario260 de la Declaración Anual Consolidada del RST debe tener presente está información:
- Descuentos por pagos en medios electrónicos.
- Anticipos de renta por el 2022.
- Anticipos del ICA que pago a su municipio.
8. Para presentar declaraciones bimestrales pendientes con saldo a pagar, tenga presente que los pagos se hacen con el formulario 490 y deben realizarse el mismo día en que se generan. Si no logro realizar el pago, debe ingresar nuevamente al Formulario 2593, ya diligenciado y generar un nuevo Formulario 490 para proceder con el pago.
9. Consulte aquí el abecé de la Declaración Anual Consolidada.
10. Consulte aquí la guía práctica Formulario 260 – Declaración Anual Consolidada.