¿Está inscrito en el RUT?

Inscripción en el Registro Único Tributario, RUT

La inscripción en el Registro Único Tributario, RUT, es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la UAE DIAN, obligados a inscribirse, se incorporan en el RUT con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el Capítulo 2, Título 1, Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

Las personas naturales que en el correspondiente año gravable adquieran la calidad de declarantes del impuesto sobre la Renta y complementario, acorde con lo establecido en los artículos 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario, y demás normas que los adicionen, modifiquen o sustituyan, tendrán plazo para inscribirse en el RUT hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la respectiva declaración. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación de registrarse por una situación diferente.

¿Cómo realizar la inscripción en el RUT?

Si aún NO está inscrito en el RUT, es mayor de 18 años, no requiere de apoderado o representante ni de trámite ante cámara de comercio, hágalo usted mismo, inscríbase a través de RUT Virtual.

Si por un percance o una falla técnica, no pudo inscribirse por RUT Virtual, agende cita en www.dian.gov.co opción “Agendamiento de citas” según su preferencia y disponibilidad para el trámite de inscripción o actualización RUT persona natural para atención no presencial (videoatención) sin importar su municipio, ciudad o país de residencia o presencial si desea asistir al punto de atención DIAN de su ciudad de residencia.

Compartir contenido:

Ir al contenido