¿Cómo evitar que se generen errores en el cálculo de la rentas exentas y deducciones imputables (limitadas)?
¿Cómo evitar que se generen errores en el cálculo de la rentas exentas y deducciones imputables (limitadas)?
Para evitar que se generen errores y garantizar que el sistema efectúe el cálculo correcto de las rentas exentas y deducciones imputables (limitadas) en los renglones 41, 53, 69 y 86 del formulario 210, es indispensable que atienda las indicaciones dispuestas a continuación con respecto a la forma correcta en el proceso de diligenciamiento de su declaración de renta:
Si tiene rentas exentas que no se encuentren limitadas con el 40% o 5.040 UVT respectivamente, incluya el valor de la exención en la respuesta de la pregunta correspondiente.
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Si obtuvo ingresos por rentas de trabajo incluya el valor en la casilla 32, los ingresos brutos de las rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales en la casilla 43, los ingresos brutos de las rentas de capital en la casilla 58 y los ingresos brutos de las rentas no laborales en la casilla 74.
Diligencie las casillas correspondientes a los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional de las rentas de trabajo, rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales, rentas de capital y rentas no laborales (casillas 33, 44, 59 y 76).
Registre el valor de la casilla 75 – devoluciones, rebajas y descuentos de las rentas no laborales.
Diligencie los demás campos correspondientes a la cédula general.
Si al guardar el borrador, el sistema informático electrónico de diligenciamiento le muestra error y le sugiere un valor a incluir en las casillas de las rentas exentas y/o deducciones imputables (limitadas) (casillas 41, 53, 69 o 86), reescriba los valores en las casillas que el sistema le indique.
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