Glosario

Consulte el significado de las palabras y expresiones relacionadas con la declaración del impuesto sobre la Renta y complementario personas naturales

A - N

Siglas y términos

Definición

AFC

Ahorro para el Fomento de la Construcción.

AVC

Ahorro Voluntario Contractual.

BT

Beneficios Tributarios.

Contribuyentes

Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación sustancial.

DIAN

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

DV

Dígito de Verificación.

EAR

Entidad Autorizada para Recaudar.

ECE

Entidades Contraladas del Exterior.

ET

Estatuto Tributario.

FVP

Fondo Voluntario de Pensiones.

GMF

Gravamen Movimientos Financieros.

Ganancias Ocasionales

Ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa. Para la determinación del Impuesto de la Ganancia Ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del E.T.

ICA

Impuesto de Industria y Comercio.

Firma Electrónica

Es un conjunto de datos que permiten firmar electrónicamente un documento, identificando al firmante de manera inequívoca dentro de los Servicios Digitales de la DIAN.

IL

Ingreso Laboral.

IT

Ingreso Tributario.

IBRC

Ingresos Brutos Rentas de Capital.

IBRNL

Ingresos Brutos Rentas No Laborales.

IBRT

Ingresos Brutos Rentas de Trabajo.

IBRTHC

Ingresos brutos rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales.

INCR

Ingresos No Constitutivos de Renta.

NIT

Es el Número de Identificación Tributaria, que constituye el código de identificación de los inscritos en el RUT.

R – U

Siglas y términos

Definición

RAIS

Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad.

Registro Único Tributario -RUT

Constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la DIAN conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes.

Residencia para efectos fiscales

El concepto de residencia fiscal en Colombia se refiere a la permanencia de las personas, continua o discontinua en el país, por más de 183 días calendario durante un período cualquiera de 365 días calendario consecutivos. No obstante, para determinar exactamente la residencia se deben revisar las demás condiciones señaladas en el artículo 10 del E.T.

Residentes

Se refiere a residente fiscal, independientemente de que se encuentre dentro o fuera del país. Artículo 10 del E.T.

RC

Rentas de Capital.

RLC

Renta Líquida de Capital.

RLTHC

 

Renta Líquida de Trabajo por Honorarios y Compensación de Servicios Personales.

RLT

Renta Líquida de Trabajo.

RLNL

Renta Líquida No Laboral.

RLCP

Renta Líquida Cedular de Pensiones.

RLCT

Renta Líquida Cedular de Trabajo.

RNL

Rentas No Laborales.

RT

Rentas Laborales.

SGSSP

Sistema General de Seguridad Social en Pensiones.

SGSSS

Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Sistema de Renta Cedular

Es un mecanismo que clasifica o agrupa las rentas o ingresos de acuerdo con la fuente que los produce, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada Cédula, permitiendo que el régimen jurídico aplicable a cada renta no afecte a ninguna otra, y que la base gravable no se vea disminuida indebidamente por deducciones, beneficios tributarios, y costos y gastos que solo deban ser imputados a una renta.

U.A.E.

Unidad Administrativa Especial.

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