Glosario
Consulte el significado de las palabras y expresiones relacionadas con la declaración del impuesto sobre la Renta y complementario personas naturales
A - N
Siglas y términos |
Definición |
AFC |
Ahorro para el Fomento de la Construcción. |
AVC |
Ahorro Voluntario Contractual. |
BT |
Beneficios Tributarios. |
Contribuyentes |
Son contribuyentes o responsables directos del pago del tributo los sujetos respecto de quienes se realiza el hecho generador de la obligación sustancial. |
DIAN |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. |
DV |
Dígito de Verificación. |
EAR |
Entidad Autorizada para Recaudar. |
ECE |
Entidades Contraladas del Exterior. |
ET |
Estatuto Tributario. |
FVP |
Fondo Voluntario de Pensiones. |
GMF |
Gravamen Movimientos Financieros. |
Ganancias Ocasionales |
Ingreso o utilidad que tiene una persona o empresa por la venta ocasional o esporádica de un bien que no hace parte del giro ordinario de sus negocios, o por la ocurrencia de un hecho económico excepcional como ganar la lotería o una rifa. Para la determinación del Impuesto de la Ganancia Ocasional se debe tener en cuenta lo establecido en los artículos 299 al 317 del E.T. |
ICA |
Impuesto de Industria y Comercio. |
Firma Electrónica |
Es un conjunto de datos que permiten firmar electrónicamente un documento, identificando al firmante de manera inequívoca dentro de los Servicios Digitales de la DIAN. |
IL |
Ingreso Laboral. |
IT |
Ingreso Tributario. |
IBRC |
Ingresos Brutos Rentas de Capital. |
IBRNL |
Ingresos Brutos Rentas No Laborales. |
IBRT |
Ingresos Brutos Rentas de Trabajo. |
IBRTHC |
Ingresos brutos rentas de trabajo por honorarios y compensación de servicios personales. |
INCR |
Ingresos No Constitutivos de Renta. |
NIT |
Es el Número de Identificación Tributaria, que constituye el código de identificación de los inscritos en el RUT. |
R – U
Siglas y términos |
Definición |
RAIS |
Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. |
Registro Único Tributario -RUT |
Constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a los sujetos de obligaciones administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, así como aquellos que por disposición legal deban hacerlo o por decisión de la DIAN conforme con las normas legales y reglamentarias vigentes. |
Residencia para efectos fiscales |
El concepto de residencia fiscal en Colombia se refiere a la permanencia de las personas, continua o discontinua en el país, por más de 183 días calendario durante un período cualquiera de 365 días calendario consecutivos. No obstante, para determinar exactamente la residencia se deben revisar las demás condiciones señaladas en el artículo 10 del E.T. |
Residentes |
Se refiere a residente fiscal, independientemente de que se encuentre dentro o fuera del país. Artículo 10 del E.T. |
RC |
Rentas de Capital. |
RLC |
Renta Líquida de Capital. |
RLTHC
|
Renta Líquida de Trabajo por Honorarios y Compensación de Servicios Personales. |
RLT |
Renta Líquida de Trabajo. |
RLNL |
Renta Líquida No Laboral. |
RLCP |
Renta Líquida Cedular de Pensiones. |
RLCT |
Renta Líquida Cedular de Trabajo. |
RNL |
Rentas No Laborales. |
RT |
Rentas Laborales. |
SGSSP |
Sistema General de Seguridad Social en Pensiones. |
SGSSS |
Sistema General de Seguridad Social en Salud. |
Sistema de Renta Cedular |
Es un mecanismo que clasifica o agrupa las rentas o ingresos de acuerdo con la fuente que los produce, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada Cédula, permitiendo que el régimen jurídico aplicable a cada renta no afecte a ninguna otra, y que la base gravable no se vea disminuida indebidamente por deducciones, beneficios tributarios, y costos y gastos que solo deban ser imputados a una renta. |
U.A.E. |
Unidad Administrativa Especial. |
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